Obra Social y Prepagas nuevo plazo para el Tramite de Permanencia
La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), mediante la Resolución 1608/2025 publicada el 07/08/2025 en el Boletín Oficial, extiende el plazo hasta el 31/12/2025, para ejercer en la obra social, a la cual se deriva los aportes y contribuciones, tanto del personal en relación de dependencia, como en el personal de Casas Particulares.
Como realizamos el tramite
Voluntad de Permanencia en Obra Social:
Para conocer si estás alcanzado por esta normativa y gestionar tu elección, seguí estos pasos:
- Verifica tu situación personal ingresando a la Consulta Pública disponible en el sitio. Allí podrás confirmar si la Resolución aplica a tu caso.
Luego aparece a modo de ejemplo, la obra social intermediaria a que destino va a pasar los aportes, si no quiere, ahí deberá hacer click en tramitar la anulación del movimiento y elegir la nueva obra social. O elegir permanecer en la obra social de Origen.
Si no voy a realizar el cambio, ya que quiero que vaya a esa obra social de destino dejo todo como esta no hago nada, en cambio si quisiera mantener la Vitivinícola, debería tramitar la anulación del movimiento y realizar Voluntad final.
-Para permanecer en la Obra Social de origen, el sistema te mostrará la opción de completar el Trámite a Distancia (TAD) de manera fehaciente directamente desde la plataforma.
-Si preferís mantenerte en tu Entidad de Medicina Prepaga , no es necesario que realices ninguna acción.
VER RESOLUCIÓN (SSS) 1608/2025 BOLETIN OFICIAL
Descargar manual_tad_voluntad_final.pdf
También se actualizó la Resolución 1/2025, donde se establece la permanencia para quienes opten por derivar directamente a la medicina prepaga:
ARTÍCULO 1° bis.- Los afiliados comprendidos en la presente resolución no estarán sujetos al período de permanencia mínima de DOCE (12) meses en el Agente del Seguro de Salud que resulte destinatario de los aportes y contribuciones o cotizaciones por aplicación del procedimiento de derivación automática.
Texto Actualizado Resolución 01/2025
